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viernes, 16 de mayo de 2014

ENTRE EL IDEALISMO DEL POLÍTICO Y EL REALISMO DEL ABOGADO FRENTE AL TEMA DE LAS POSTULADORAS

     Como abogados estamos entrenados para navegar dentro del mundo de la realidad, pues el entramado jurídico ordena y encausa nuestro comportamiento en sociedad; de ahí que hemos sostenido, anteriormente, que la Constitución no tiene interpretaciones sino se acata.

     Por otro lado, nuestra faceta de político, no sujeta al acatamiento simple, en blanco y negro, de la ley, sino obligada a pensar y repensar los fines últimos del Derecho, para imaginar lo mejor para la convivencia en paz y hasta para la búsqueda de la felicidad, potencializa nuestra vena idealista.

     La mezcla equilibrada de esos dos elementos, en el entramado de nuestro proceso de elaboración mental de ideas, categorías y aspiraciones, nos hace repensar que los políticos que, en su quehacer legislativo, le dieron vida a las Comisiones de Postulación, esos entes colegiados conformados para iniciar el proceso de selección de funcionarios, y el proceso mismo de selección de candidatos, si no está planteado de forma totalmente equivocada es, por lo menos, erróneo, cojo, incoherente y negativo para los fines últimos que persigue: la búsqueda y selección de las mejores personas para ocupar cargos tan importantes para la nación.

     En anteriores ensayos hemos dicho que los políticos que fallaron en años anteriores, para tratar de subsanar sus propios errores, su falta de compromiso o las componendas de sus pares o de ellos mismos (¡quién sabe!), en un intento por despolitizar los procesos de selección, politizaron universidades y colegios profesionales; es decir, taparon sus errores del pasado con un planteamiento nuevo plagado de nuevos errores que, en esa ley natural de causalidad, producen nuevos y nefastos efectos.

     Por ejemplo, ¿cómo pretenderemos que se acerque la mejor gente a optar por cargos tan importantes cuando los candidatos son expuestos, públicamente, a que se les califique con cero puntos en el componente académico, cuando son profesionales con una larga y honrosa carrera a la vista de todos? Eso, en nuestro caso personal, lo consideraríamos una deshonra pública y ni nos acercaríamos a correr ese riesgo.

     ¿A quién se le ocurrió que una maestría, que dura dos años, o un doctorado, que puede durar unos años más, tienen más valor, para efectos de ocupar un cargo, que 25 o 30 años de ejercicio profesional exitoso?  ¿Desde cuándo la obtención de un grado opcional se convirtió en un privilegio para optar a un puesto en la estructura del Estado?

     Desde fines de los años 1990's en que fungíamos como funcionarios en el Banco Centroamericano de Integración Económica, BCIE, recibimos una carta de un asesor del Congreso de la República de Guatemala invitando a un concurso en donde se privilegiaba a los abogados quienes tenían una maestría o un doctorado, lo cual motivó una respuesta nuestra, por escrito también, manifestando nuestra inconformidad, pues en nuestro quehacer diario, dentro del Banco, teníamos que vernos confrontados por "Doctores en Derecho" y, a la fecha de esa respuesta, nuestros argumentos de simple licenciado prevalecieron, siempre, sobre los otros, precisamente porque estaban fundamentados en razones jurídicas poderosamente sustentadas, tanto en cuestiones de forma como de fondo.  

     ¿Si no valorizábamos nosotros el título académico que sacamos con esfuerzo personal, quién lo iba a hacer por nosotros?

     Por otro lado, no podemos estar de acuerdo, tampoco, con que la proyección social sea un componente integrante de una calificación para alguien que debiera llegar a hacer una labor técnica.  Son dos cosas que tienden a confundir sobre lo benigna de la norma positiva, pero para nuestros ojos entrenados y a la luz de nuestra experiencia, la ley está profundamente equivocada y, además, se presta a cometer injusticias con respetables profesionales, generando que otros profesionales de altísima calidad se abstengan de participar por consideraciones que no debieran tener qué ver con la función pública que se desea cubrir.

     El procedimiento establecido para nombrar funcionarios podrá estar fundamentado en ley, pero a la luz de la Teoría General del Estado y del estudio de la historia de nuestras instituciones políticas, es equivocada.  Habría que ver qué estudios tenían los legisladores que aprobaron dicha normativa legal. ¿Será que todos eran doctores o sacaron, al menos, una maestría? ¿Y su proyección social? ¡Por favor!

     En el caso del nombramiento del Fiscal General se trató de restarle injerencia al Presidente de la República y lo que se produjeron, siendo el Presidente quien nombra finalmente, fueron negociaciones bajo la mesa y una excusa fuerte para lavarse las manos si el funcionario nombrado no cumple con las expectativas de la población, pues se vio constreñido a nombrar de una lista escogida por otros de antemano. ¿Habrá mejor excusa?  ¿No sería más transparente que el Presidente nombre, bajo su responsabilidad, y que el Congreso confirme posteriormente, después de estudiar la hoja de vida de la persona, como es en otros países?

     Pertenecer al gremio de los abogados y haber sido funcionario en el Registro General de la Propiedad nos permite decir, con absoluta autoridad, que no todos los profesionales del Derecho somos iguales.  El gremio de abogados debe ser depurado de verdaderos delincuentes que andan por la vida traicionando los valores que juraron algún día defender, así como a los miembros más débiles de nuestra comunidad.  Son pocos, pero su comportamiento condenable y muchas veces punible hace un daño terrible a la sociedad y a la imagen del gremio en su conjunto.

     Por otro lado, también hay profesionales del Derecho que son excepcionales en su calidad humana, formación académica sin necesidad de tantos títulos y visión de país.  Estos son a quienes la norma que regula la selección debiera estimular para que participen.

     Con procesos de selección de la naturaleza del actual, ¿cómo hacemos para que este tipo de profesionales, la mejor gente del país, se involucre en el manejo, al más alto nivel, de las instituciones del Estado?

     Es curioso que se exija tanto título, que sólo la academia puede dar, para optar a un grado superior a la licenciatura, y que sean los Decanos de las Facultades que otorgan esos grados superiores quienes conformen las Comisiones para nombrar funcionarios.  Porque esos grados no son gratis, cuestan dinero, y desde el momento en que hay un componente pecuniario de por medio entre quien nombra y los requisitos que deben tener todos los candidatos para el puesto, pues ya se vio que a quienes somos simples licenciados no se nos reconoce un solo punto a favor y, así, no podemos más que pensar mal.  ¡El sistema es, por donde se vea, perverso!

     Pero este proceso, a la vez, lo que ha estimulado es la creación de Facultades de Derecho en las Universidades que, antes de existir la Ley de Comisiones de Postulación, que les da injerencia en la selección indicada, no existían.

     Osho, uno de nuestros autores favoritos, es un realista declarado.  Nosotros no perdemos el idealismo.  La disyuntiva, entonces, es acatar sin pensar, cayendo en el conformismo, o razonar para estar en condiciones de producir cambios hacia un sistema virtuoso e incluyente de los mejores profesionales del país.  

     No es cuestión de obediencia versus deliberancia; es un poco más profundo.  La obediencia implica un ente superior mientras el acatamiento, en los términos planteados, es una decisión personal, un acto de voluntad dentro del proceso mental de deliberación.

     Ahora que viene el nombramiento de Magistrados para integrar las Salas de Apelaciones y la Corte Suprema de Justicia, pensamos lo mismo.

     Como el proceso de nombramiento está politizado, los administradores de justicia que aspiran a integrar dichas salas entienden el juego y se meten a hacer política.  ¿O no es un reflejo de esto el que casi 100 jueces se hayan excusado de conocer un solo y sonado caso, el de un ex-Jefe de Estado?

     Así las cosas, nuestra búsqueda de balance de toda la vida entre lo real y lo ideal se inclina hoy por la sangre política que llevamos dentro, y en ese amor inmenso a nuestra patria y por verla, en un futuro, menos cooptada y más proclive a tener procesos justos, transparentes y cargados de sentido común, nos inclinamos hoy por el "qué debiera ser", en un idealismo real, podríamos llamarlo, porque la ciudadanía sabe que las cosas están mal planteadas y es real el sentimiento de cambiarlas, y nosotros razonamos a su favor y estamos con aquélla.

     La política debiera ser manejada por políticos, y estos debieran dejar de ser pusilánimes y asumir su responsabilidad frente a la ciudadanía y frente a la historia, con transparencia, con honorabilidad, expresando las cosas como son y con la verdad.  

     Todo esto es de sentido común.

     

martes, 15 de marzo de 2011

LAS INTERPRETACIONES DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA

No me malinterpreten. Soy de los abogados que creen y afirman que la Constitución no se interpreta: ¡se cumple!

Sin embargo, nuestro abigarrado gallinero político, que suele producir los más variopintos ejemplares, en esta oportunidad abunda en violadores de la Constitución que, o queda hecha pedazos al final de este año, o sale totalmente fortalecida.

Las interpretaciones a las cuales me refiero son las diversas opiniones que, alrededor del "sí puede" de los ignorantes, necios, prepotentes, codiciosos y lambiscones aprovechados, y el "no puede" de quienes saben leer y entender el tenor literal de una ley, seguramente habrá de pronunciarse la tan llevada y traída Corte de Constitucionalidad.

Además, ahora han anunciado los ex-constituyentes, que organizarán un foro que, desempolvando diarios de sesiones y documentos históricos, le refresque la memoria y aclare cualquier duda pendiente en las mentes débiles a las que, obviamente, si no entenderlo les representara dinero y poder, tampoco entenderían el "Pepe y Polita" de las primeras letras de antaño.

Así las cosas, lejos de consolidarse nuestra incipiente democracia, los poderosos de turno, y algunos otros que no lo son tanto pero, teniendo limitaciones legales, se ven ejerciendo los más altos cargos, se aprovechan de las grandes mayorías, las engañan y, lo que es peor, ahora hasta las juventudes supuestamente letradas y universitarias, dicen cualquier tontería con tal de defender, de sus ilegalidades, a sus supuestos líderes.

Esperemos salir bien librados, y lo más pronto posible, de estas nuevas barrabasadas políticas que en nada abonan a que, cada día, más gente sana se involucre en los asuntos públicos, que son de todos.

Por nuestra parte, porque la hemos estudiado, la entendemos y, además, hemos jurado defenderla y hacerla cumplir, no estamos de acuerdo con candidaturas ilegales, vengan de donde vengan. Además, nadie es indispensable en la vida pública de un país. ¡Como si no hubiera más gente capaz y sin impedimentos legales!

domingo, 30 de mayo de 2010

LAS BODAS DE PLATA DE LA CONSTITUCIÓN

El 31 de mayo de 1985 nació a la vida jurídica la Constitución Política de la República de Guatemala. Es un cuerpo de leyes que le ha dado estabilidad a la nación estos últimos 25 años.

Contiene algunos elementos nuevos para el constitucionalismo guatemalteco, como la Corte de Constitucionalidad, después que Costa Rica empezó, en la región, a especializarse en el estudio y resolución de casos de esta rama del Derecho a través de la Sala Cuarta, de modo que desde hace 25 años Guatemala se puso a la vanguardia en la región, creando toda una Corte para administrar la justicia constitucional, la cual ha tenido más logros que tumbos.

También es producto de nuestra última Constitución la Procuraduría de los Derechos Humanos, la cual fue creada como respuesta a varias décadas de problemas con un Estado represor en medio de un conflicto armado interno, por lo cual esta Institución es otro avance significativo para el país.

Distingue particularmente nuestra Constitución a la Vicepresidencia de la República porque tres de los Presidentes Alternos de la Asamblea Nacional Constituyente, de donde emanó, se vislumbraban durante los debates como próximos vicepresidenciables dentro de sus propios partidos políticos: Héctor Aragón Quiñones, del Movimiento de Liberación Nacional, MLN; Ramiro de León Carpio, de la Unión del Centro Nacional, UCN; y Roberto Carpio Nicolle, de la Democracia Cristiana, DC. Estos tres personajes se turnaban, civilizadamente, la Presidencia de la Asamblea Nacional Constituyente, y con el respaldo de sus respectivas bancadas se encargaron de que la Vicepresidencia de la República no fuese sólamente un puesto decorativo, y le dieron, constitucionalmente, facultades y atribuciones de coordinación de los distintos gabinetes que en otros países no tienen, indistintamente que unos vicepresidentes han cumplido con tales atribuciones y otros no tanto. Nosotros estimamos que eso fue sano para delimitar, por lo menos en parte, el enorme poder del Presidente de la República.

El Tribunal Supremo Electoral fue otra institución novedosa, producto de reiterados fraudes electorales cometidos especialmente por la cúpula militar gobernante de los años anteriores, el cual ha venido garantizando la credibilidad de los procesos de elección.

Llega la Constitución Política a sus bodas de plata con una modificación, efectuada en 1994, que no es de las más felices. Por un lado se redujo nuevamente el período presidencial a 4 años, como era antes, lo cual no es de gran trascendencia, pero por el otro se politizó la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia, cuyo resultado ha quedado evidenciado con las pugnas de poder que impidieron, el año pasado, alcanzar mayoría durante la mayoría de los meses del año, desgastando innecesariamente a un ente eminentemente administrador de justicia que no necesita politizarse para hacer su trabajo, que en principalmente jurídico, el cual de alguna manera no pudo desarrollarse normalmente mientras la pugna se dio.

Este desgaste se ha venido dando todos los años desde que la reforma entró en vigencia, y no hay elemento de juicio que haga pensar que tal circunstancia habrá de finalizar, como no sea promoviendo y aprobando una enmienda constitucional.

Durante los últimos años se ha venido discutiendo la posibilidad de reformar la Constitución. Es obvio que algunas normas constitucionales que se dieron como respuesta a los abusos de antes, hoy se desea revertirlos porque tales garantías han sido utilizadas, principalmente, por delincuentes o por bandas de delincuentes, favoreciéndose de plazos para interrogarlos, de limitaciones para efectuar cateos o escuchas telefónicas, etcétera; de modo que es una reacción natural para muchas personas que quieren ver a los infractores de la ley tras las rejas, solicitar dichos cambios constitucionales.

El debate acerca de convocar a una nueva Asamblea Nacional Constituyente está planteado y hay varias propuestas de reformas; sin embargo, hay muchos juristas que piensan que es inconveniente y hasta peligroso convocar a una Asamblea de dicha naturaleza.

Personalmente creo que la Constitución necesita algunos cambios, pero que dichos cambios pueden irse dando paulatinamente, mediante consultas populares, de manera que podamos ir teniendo un instrumento jurídico más acorde con los nuevos tiempos y las nuevas necesidades del país, pero sin correr los riesgos de abrir las puertas a modificarla abiertamente, especialmente tomando en cuenta la incursión que, en los últimos años, ha hecho el narcotráfico en la política nacional y de algunos países vecinos, con su dinero sucio, con sus presiones y extorsiones, lo cual es presagio de cambios pero en contra de la sociedad, no a su favor.

Uno de los temas que más pronto debe solucionarse, constitucionalmente hablando, es el de la pena de muerte, de manera que el país cuente, como antes, con este mecanismo para, después de un proceso judicial llevado a cabo con todas las garantías de defensa, se pueda proceder a ejecutar las sentencias de este tipo sin dilación ni limitación alguna como la sociedad en su conjunto está esperando, y así dejar de mantener, por cuenta de los impuestos de todos, varias decenas de asesinos inescrupulosos que no tienen posibilidad de rehabilitarse frente a la sociedad a la cual han ofendido, y muchos de manera reiterada.

No es que la pena de muerte se haya abolido, sino se ha creado un aparente limbo legal entre la Constitución Política y la del Pacto de San José en materia de Derechos Humanos, en donde la mayoría de juristas concuerda en que está clara la primacía constitucional, pero la ejecución de algunas penas de muerte podría abrir las puertas a sanciones económicas en contra del Estado de Guatemala. Un tema que deberá resolver alguien con pantalones, apoyándose en la Constitución y denunciando el Pacto.

Comentario final: como jurista siento y entiendo que la Constitución es sagrada; por ende, no entiendo por qué el encargado de conmemorar su promulgación, todos los años, es el Congreso de la República, que como institución nada tuvo que ver en el asunto, más que quedar disuelto mientras sus instalaciones físicas eran utilizadas para los debates. Es más, la mayoría de diputados constituyentes era gente honorable, contrario a lo que sucede hoy con el Congreso de la República en el que estos últimos son una minoría.

sábado, 5 de diciembre de 2009

LA SUPREMACÍA DE LA CONSTITUCIÓN. COMENTANDO A GREGORIO PECES-BARBA

En la edición de El País (España), correspondiente al domingo 6 de diciembre de 2009, que por razones de horario podemos disfrutar el día antes en América, hay un interesante artículo de mi estimado ex catedrático del Doctorado en Sociología, en el capítulo Guatemala de la Universidad Pontificia de Salamanca, don Gregorio Peces-Barba, denominado "La supremacía de la Constitución". A quien le interese leerlo lo puede encontrar aquí: http://www.elpais.com/articulo/portada/supremacia/Constitucion/elpepipor/20091206elpepinac_11/Tes/

España está actualmente convulsionada por la reforma planteada en Cataluña, del Estatuto de Autonomía, que ha provocado debates acalorados en el Congreso de los Diputados, interposición de recursos, tanto de inconstitucionalidad como de amparo y, especialmente, fuertes editoriales o artículos de opinión, a favor de la Constitución en casi toda España, en contra de los interponentes y del Tribunal Constitucional, especialmente en la prensa catalana. Bajo esas circunstancias es que el Dr. Peces-Barba escribe su artículo.

En el mismo podemos encontrar conceptos interesantes, como que la Constitución tiene supremacía sobre todas las restantes normas del Ordenamiento español; que la soberanía corresponde al pueblo español, de tal manera que la única nación soberana es España (agrego yo, para efectos de su Constitución); que sus contenidos sólo se pueden cambiar por el sistema de reforma en ella establecido; que "En cuanto que se plantea un hecho difícil, una situación con zonas de penumbra, saltan las alarmas de las faltas de respeto"; que hay falta de respeto por los parte de los partidos políticos catalanes, de gobierno y de oposición, al presionar al Tribunal Constitucional con malas formas; señala también a la prensa, quienes no han sobrepasado los límites de la libertad de expresión, pero sí se han manifestado en contra de la imparcialidad e independencia del Tribunal Constitucional, señalando lo que hacen de sofisma y falacia monumental por poco oportuna e injustificada.

Todo lo anterior tan bien fundamentado, ¿No es lo mismo que venimos nosotros señalando de la comunidad internacional con el caso de la crisis política hondureña?

¿No es la constitución hondureña la ley suprema en ese país y no el Estatuto de la OEA, ni el de la ONU, ni las leyes venezolanas, cubanas, estadounidenses, brasileñas o españolas?

¿No son, en el caso de Honduras, únicamente los hondureños los sujetos soberanos para decidir su presente y su futuro? ¿Y no es el conglomerado de diputados que conforman el Congreso Nacional quienes representan a ese pueblo soberano?

Si los académicos españoles señalan y entienden que el proceso de reformas a una constitución se da por el mecanismo que esa misma constitución contempla, ¿qué es lo que le cuesta entender a la comunidad internacional que pretende seguir interfiriendo en la vida política de los hondureños, al respecto? ¿Es que no se dan cuenta que haberlo hecho de otra manera es constitutivo de delito y, conforme esa misma ley soberana en ese país, traición a la patria, lo cual conlleva la destitución inmediata del cargo de la persona responsable?

Lo sucedido en Honduras es atípico, no se da en una zona de penumbra de la Constitución desde el punto de vista sustantivo, pero sí existe una zona de penumbra desde el punto de vista procesal, pero, ¿justifica que en Honduras existan zonas de penumbra para que, desde otros países, haya falta de respeto para todo el pueblo soberano hondureño que, además, ya se expresó democrática, libre, voluntaria y legalmente, tanto en el proceso electoral del 29 de noviembre pasado como en la votación del Congreso Nacional del 2 de diciembre pasado?

¿No falta a la ética la prensa, especialmente la internacional, al dejar de narrar objetivamente los hechos tal como suceden, enviando notas cargadas de opiniones, totalmente subjetivas, como hablar de presidente de facto en lugar de interino, o decir, sin citar a nadie, que hay 3 presidentes en Honduras? ¿No es eso faltarle el respeto a los lectores o usuarios de esos servicios noticiosos, al tratarnos de influir, cuando no es ese el papel que le corresponde, sino informar? ¿Es oportuno, después de que el Congreso Nacional de Honduras ratificara el relevo presidencial con únicamente 11 votos en contra, que persistan en denominar de facto a quien cumple, interinamente, un mandato del mecionado Congreso Nacional contemplado en la Constitución?

Ojalá hubiese lectores serios en España que pudiesen opinar al respecto de estos razonamientos comparativos que pretenden ser un poco más que elucubraciones.

Por lo pronto, le deseo, tanto a España como a Honduras, la anhelada paz.