sábado, 7 de noviembre de 2009

LA LECTURA DEL ACUERDO GUAYMURAS. INTERPRETACIÓN JURÍDICA-POLÍTICA-SOCIOLÓGICA.

El "Diálogo Guaymuras Acuerdo Tegucigalpa/San José" está escrito en 4 páginas de papel bond tamaño carta, más una adicional que contiene las firmas. Consta de 12 puntos, de los cuales uno, el número 9, es un calendario. Cualquiera que opine con seriedad sobre lo que hoy sucede en Honduras debe leer el documento; si no, como dicen los mismos hondureños, estaría "hablando papadas" (babosadas, en buen chapín; tonterías, para que me entiendan en España).

El papel que hoy está jugando la prensa, tanto la internacional que suele nutrir nuestros medios escritos, radiales y televisivos, como los enviados de prensa nacionales a cubrir la fuente, deja mucho que desear precisamente porque ignoran el documento.

Le han hecho caer el mundo encima a Roberto Micheletti (a quien se empeñan en denominar Presidente de facto y, a su gobierno, gobierno de facto, lo que significa una condena a priori cuando su función es la de informar), por la conformación del Gobierno de Unidad y Reconciliación Nacional, que es el primer punto del documento suscrito por los delegados del gobierno de transición y del depuesto presidente Manuel Zelaya.

Dicho punto establece, efectivamente, que se conformará un gobierno de esa naturaleza, "...integrado por representantes de los diversos partidos políticos y organizaciones sociales, reconocidos por su capacidad, honorabilidad, idoneidad y voluntad para dialogar, quienes ocuparán las distintas Secretarías y Subsecretarías así como otras dependencias del Estado, de conformidad con el artículo 246 y siguientes de la Constitución de la República de Honduras" (las palabras en negrita así vienen en el documento suscrito).

Sobre la conformación del gabinete y conforme al espíritu de las líneas anteriores, podemos decir lo siguiente:

Primero: las partes, al suscribir el Acuerdo, establecen su intención no sólo de conformar un gobierno de unidad sino que cumpla con la función de reconciliar a la sociedad hondureña, dándole una dualidad que no todos los gabinetes de mundo tienen: la de administrar la "res pública" y la de encaminar al país hacia una reconciliación que todos anhelan.

Segundo: los suscriptores del acuerdo, que eran delegados tan sólo de dos partes, en la búsqueda de las personas idóneas para ocupar los cargos, establecen un espectro que no se limita a esas dos partes sino a todos los partidos políticos y a las organizaciones sociales. Honduras es un país bipartidista en donde, según mi experiencia, si gana las elecciones el Partido Nacional, gobiernan los nacionales o "cachurecos"; si gana el Partido Liberal, gobiernan los liberales o "colorados"; de tal manera que este acuerdo así debe entenderse: el gabinete no estará conformado por personas de un solo partido político (que es lo tradicional); es más, se abre la posibilidad para que personas provenientes de las organizaciones sociales, y no sólo de los partidos políticos, gobiernen, administren la cosa pública y ayuden a buscar esa reconciliación que tanto anhelan.

Tercero: los mencionados suscriptores del Acuerdo no sólo abren la posibilidad descrita en el párrafo anterior, sino la califican: no puede ser cualquiera, tiene que ser alguien que tenga no sólamente una de las características, sino el conjunto de características que el punto primero del Acuerdo establece (aunque el texto es confuso, ya que en unas partes hace ver que no son doce puntos de un Acuerdo sino doce acuerdos). Es decir, no puede conformar el gabinete o ser parte de ese Gobierno de Unidad, alguien que tenga reconocida capacidad pero que su honorabilidad sea discutible; o que tenga voluntad para dialogar pero no sea idóneo, o que sea el más honorable de todos pero un perfecto incapaz. Quienes conformen ese pequeño grupo de personas que administrarán la cosa pública y, a la vez buscarán la reconciliación, tienen forzosamente que cumplir con todas las características acordadas.

Cuarto: quienes suscribieron el acuerdo al cual nos venimos refiriendo, no se limitan a hablar del gabinete, palabra que se utiliza para referirse a los colaboradores más cercanos del Presidente de la República, sean Ministros o Secretarios, como en el presente caso; el acuerdo menciona Gobierno de Unidad y Reconciliación y el texto lo amplía a otras dependencias del Estado que no sean las Secretarías o Subsecretarías de Estado.

El texto del punto uno del Acuerdo mezcla, en su segundo párrafo, lo relacionado con la falta de aprobación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos, al 28 de junio pasado, e indica que el Gobierno de Unidad y Reconciliación respetará y funcionará sobre la base del recientemente aprobado por el Congreso Nacional, lo cual no tiene mucho que ver con lo que estamos analizando pero da una idea del caos institucional en que Manuel Zelaya tenía a Honduras mientras ejerció la Presidencia de la República.

Los siguientes puntos del Acuerdo Guaymuras son de vital importancia para Honduras y la resolución de su crisis política, pero no nos sirven para efectos del análisis que hoy deseamos efectuar. Se refieren a la Reuncia a Convocar a una Asamblea Nacional Consituyente o a reformar la Constitución en lo irreformable, que es la génesis del problema; sobre la situación de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional; sobre la creación de una Comisión de la Verdad; sobre la normalización de las relaciones internacionales; agradecimientos y consideraciones sobre la entrada en vigencia del mismo.

En esos puntos dispersos hay otros elementos que, para efectos de nuestro análisis, el cual hacemos conforme a los últimos sucesos que consisten en la conformación de lo que la prensa ha denominado el Gabinete de Reconciliación Nacional bajo la dirección del Presidente de facto (el mismo Congreso Nacional lo denominó de transición), Roberto Micheletti, vale la pena destacar, haciendo ver que la interpretación del Acuerdo de Guaymuras debe hacerse, precisamente, integrando sus diferentes partes. En este punto vale destacar que pensamos que, a la interpretación del Acuerdo, le son aplicables algunos de los Principios que rigen para la interpretación de los Tratados: la buena fe (pacta sund servanda), el sentido corriente de los términos, el contexto (aquí se incluye lo que dice el preámbulo), su objeto y fin, sobre la no obligatoriedad cuando no ha habido consentimiento (para lo que corresponde al Congreso Nacional, a la CSJ y otras instituciones), etcétera.

Primeramente nos referiremos a que ambas partes acordaron, en el punto 3, respetar el proceso electoral, y hacen un llamado al puebo hondureño para que participe pacíficamente en dichas elecciones, instando al Tribunal Supremo Electoral a que autorice y acredite misiones internacionales, tanto durante el proceso de elección hasta la declaratoria del resultado, como durante el traspaso de poderes en enero de 2010. Ahora es lamentable volver a leer declaraciones en el sentido contrario, cuando los electores hondureños deben ser el objeto del mayor respeto, comenzando por cualquier expresidente de la República.

El punto 5 del Acuerdo es el que establece que sea el Congreso Nacional el que decida, no sobre la restitución de Manuel Zelaya al poder, sino acerca de "retrotraer la titularidad del Poder Ejecutivo a su estado previo al 28 de junio hasta la conclusión del actual periodo gubernamental..."; es decir, no le solicita al Congreso Nacional, simplemente establece que ese es el acuerdo y que está dentro de las facultades del mismo; no habla de restitución sino de retrotraer el estado de las cosas a como estaban en determinada fecha, lo cual es una ficción jurídica entendible; jamás se habla de la Presidencia de la República sino del Poder Ejecutivo pero, para efectos prácticos, así debe entenderse. Recalco aquí que el acuerdo de las partes fue sin la intervención del Congreso Nacional por lo que, en sentido jurídico verdaderamente estricto, no está obligado a tomar una resolución al respecto, aunque es aconsejable, políticamente, que sí lo haga, sea en el sentido que sea y conforme a la conciencia de cada diputado.

Es este mismo punto 5 el que establece, y así lo firmaron las partes, que la decisión de esta ficción jurídica a la que nos referimos, la hará el Congreso Nacional "...en uso de sus facultades, en consulta con las instancias que considere pertinentes como la Corte Suprema de Justicia y conforme a ley...". Estas palabras merecen un pequeño análisis:

Primero: si el Congreso Nacional establece que no tiene facultades para retrotraer el estado de las cosas a como estaban el 28 de junio de 2009, está en su derecho de hacerlo y no por eso tendría que seguir causando caos el señor Zelaya; simplemente tendría que acatar lo resuelto, como estoy seguro lo acatará el señor Micheletti si le es adverso dicho fallo.

Recordemos que un acuerdo político tiene que estar enmarcado en la ley, y si el marco legal no da para el mejor acuerdo político, lo que significa es que se está violentando nuevamente la ley. No me atrevo a afirmar, tajantemente, que el Congreso Nacional de Honduras no tiene facultades legales para el presente caso; sólo menciono que tengo dudas de que las tenga y que lo que digo es que puede suceder que así se declare, lo cual no invalidaría el resto del Acuerdo, es decir, continuaría en ejercicio del poder, o el señor Micheletti o quien el Congreso Nacional designe (que eso sí estoy seguro de que sí tiene facultades legales para hacerlo), presidiendo un Gobierno de Unidad y Reconciliación hasta entregar el poder el 27 de enero de 2010.

Segundo: en este delicado caso los suscriptores del Acuerdo Guaymuras ya intuían el necesario acompañamiento, mediante la emisión de opinión, de la Corte Suprema de Justicia, quien tampoco está jurídicamente obligada por el Acuerdo a emitirla, aunque desconozco si está obligada conforme a la ley interna de Honduras, media vez fue solicitada por el Congreso Nacional; este último ha decidido, además, consultar las opiniones de otras instituciones, y es una facultad que se viene discutiendo por los zelayistas, pero que consideramos no sólo totalmente válida sino fundamentalmente necesaria, además de que sus delegados así lo establecieron en el Acuerdo.

También se viene cuestionando que el Congreso solicitó la opinión de dicha Corte Suprema sin ponerle plazo para que responda. ¿Se les olvida a estos críticos que la Corte Suprema representa a otro de los poderes del Estado, el Judicial, y que no está supeditada al Congreso Nacional? Yo sugiero que estos críticos tengan calma, porque estimamos que la CSJ no va a obviar la emisión de tan importante opinión. Ahora bien, la opinión de una CSJ no debe ser política sino eminentemente jurídica; recordemos que Manuel Zelaya no es precisamente un angelito y que fueron meses de violar repetidamente la Constitución y las leyes ordinarias de su país, al grado que uno de los puntos fundamentales del Acuerdo es que ya no se intentará modificar los artículos irreformables de dicha Constitución. Personalmente creo que la CSJ, si no emite una opinión política para quedar bien con la mal llamada "Comunidad Internacional", y emite una con carácter estrictamente jurídico, la misma será negativa, en tres sentidos: uno, que esa ficción jurídica a la que nos referimos es eso, simplemente una ficción que no es posible respaldar con seriedad por las Instituciones Públicas; dos, que el Congreso Nacional no tiene facultades legales para llevar a cabo el mencionado acto; tres, que la persona del señor Manuel Zelaya, mientras no tenga un indulto o se haya decretado una amnistía, lo cual no se ha dado en este caso, sigue siendo sujeto de persecución penal y, por ende, inelegible para ocupar un cargo de esta naturaleza. El Acuerdo Guaymuras no establece indulto ni amnistía alguna porque la Comisión de Diálogo no tiene facultades para otorgar cualquiera de esas medidas, pero tampoco solicita algo al respecto; es más, lejos de éllo, establece la creación de la Comisión de la Verdad, como veremos adelante.

También establece el Acuerdo, en el punto 6, la creación de dos Comisiones, la de Verificación, que ya se conformó con dos delegados internacionales y dos nacionales, uno por el grupo en el poder y otro designado por el expresidente Zelaya, coordinada por la injerente OEA, encargada de dar fe del estricto cumplimiento de dicho Acuerdo, lo cual no viene haciendo, sino criticando, como siempre, razón por la cual nos tomamos la molestia de hacer este análisis, un poco largo tal vez, pero necesario para explicar que no ha habido rompimiento del mismo más que por parte de quienes se comprometen, por un lado, pero no dejan de sabotear todo el proceso desde la palestra que les brindan los medios de comunicación que los hacen sentir famosos.

El peligro en ciernes que podría complicar más las cosas para Honduras es que la Comisión de Verificación tiene facultades para declarar el incumplimiento comprobado del Acuerdo, lo cual "producirá la activación de medidas que establecerá la Comisión para el transgresor o los transgresores" y, conforme lo que hemos venido viendo, el bando de Zelaya y de la mal denominada "Comunidad Internacional", sólo han demostrado saber leer para la izquierda, lo cual es, hasta cierto punto, entendible para el primero, pero no para la segunda, que debe ser totalmente imparcial, objetiva, creíble.

Confiamos en que prive el buen sentido y la hombría de bien de don Ricardo Lagos, ex Presidente de Chile a quien tuve el gusto de conocer en un viaje que hizo a Guatemala a principios de los años 1990's. Su trayectoria de muchos años no se puede ver manchada por favorecer, a contrapelo, a quien tiene a su propio país sumido en un caos que pudo no ser. Igual esperanza tenemos de la señora Hilda Solís, quien tiene una sólida y prolongada formación y, entendemos, ha colaborado con el tema de la violencia de género en Guatemala. Es grato que una mujer acompañe al expresidente Lagos; siendo una persona con potencial futuro político, confiamos en su experiencia y en la objetividad que pueda demostrar, lo cual le puede ayudar muchísimo a consolidar su reputación.

Ojalá sepan ver, los dos miembros de la "Comunidad Internacional" de la Comisión de Verificación, que la interpretación del Acuerdo de Guaymuras tiene que estar apegado a la Constitución y a las leyes hondureñas (punto 8 del Acuerdo) y es integral, no por partes. Ambos representan gobiernos de izquierda respetados y respetables. ¡Que Dios proporcione inspiración y serenidad a sus cabezas y ánimo a sus corazones!

El punto 6 al cual ya nos hemos referido contempla, además, la conformación de la Comisión de la Verdad, pidiendo al próximo gobierno que la conforme en el primer semestre del año entrante. Lo menciono porque, como mencioné, el Acuerdo que suscribió la Comisión de Diálogo, conocido como de Guaymuras, no contempla perdón, amnistía ni indulto alguno, y es factible que el año entrante se conforme esta Comisión por personas "Notables" que, al finalizar su comisión, establezcan las violaciones a la Constitución y las personas que han transgredido la Ley, desde los simples soldados que obedecieron órdenes, los altos mandos militares, como jueces, diputados, embajadores, secretarios y el mismo Presidente de la República. Es aquí en donde está ligado el tema del indulto o de la amnistía, la persecución penal de oficio mientras no haya uno u otra, la opinión de la CSJ, todo en el ámbito jurídico, para llegar, finalmente, al campo político, la resolución del Congreso Nacional, que pueda estar basada en la opinión jurídica de la CSJ.

El punto 9 es interesante de analizar porque contiene el Calendario de Cumplimiento de los Acuerdos, el cual desarrolla únicamente 5 puntos: 30 de octubre de 2009: suscripción y entrada en vigencia del Acuerdo y entrega formal del mismo al Congreso "para los efectos del Punto 5, 'Del Poder Ejecutivo' "; 2 de noviembre, conformación de la Comisión de Verificación; "A partir de la suscripción del presente Acuerdo y hasta el 5 de noviembre... Conformación e instalación del Gobierno de Unidad y Reconciliación Nacional"; 27 de enero de 2010: celebración del traspaso de gobierno; primer semestre de 2010: instalación de la Comisión de la Verdad.

Es decir, según mi leal saber y entender, Zelaya no ha violado el Acuerdo al hacer sus pataletas porque no lo han restituido, como no sea lo que mencionaré más adelante. El punto es que, emberrinchado porque no lo han restituido (que eso no fue lo acordado), no ha querido proponer personas de su confianza que cumplan con la idoneidad, honorabilidad, etc., para conformar el Gobierno de Unidad y Reconciliación.

Quien sí ha violado el Acuerdo al pasarse de la fecha límite sin conformarlo, haciéndole llamados a Manuel Zelaya para que proponga personas, es Roberto Micheletti, pero no ha violado acuerdo alguno al presidir dicho gobierno, el cual, si la CSJ y las demás instituciones consultadas emiten opinión favorable para aprobar la ficción jurídica de retrotraer las cosas al estado en que estaban el 28 de junio, y el Congreso Nacional así lo decide, podría pasar a ser presidido por Manuel Zelaya. Esto nos obliga a hacer otra consideración: es que, si Manuel Zelaya es "retrotraído" al estado en que estaban las cosas al 28 de junio de 2009, lo único que no podrá retrotraerse, porque eso es lo acordado, es el Gobierno de Unidad y Reconciliación, es decir, los funcionarios, hombres y mujeres, que hoy, bajo la presidencia interina de Micheletti, entren a conformarlo.

Zelaya, como decimos, emberrinchado porque no le dan el poder, cuando eso no fue lo acordado, no propone a su propia gente, en el supuesto de que cumplan con los cuatro requisitos que el Acuerdo señala, para formar parte de ese Gobierno de Unidad. Si por azares del destino la CSJ y las demás insituciones consultadas emiten opinión favorable para "retrotraer" las cosas, y el Congreso Nacional efectivamente las retrotrae al 28 de junio, en teoría, Zelaya tendría que presidir el Gobierno de Unidad y Reconciliación que en estos días se forme, sin allegados suyos. Conociendo su estilo de "rompe y rasga", con seguridad haría caso omiso de esa parte fundamental del Acuerdo, despidiendo a todas las personas que hoy acuden a conformar gobierno bajo circunstancias adversas y nombrando sólamente personas de su confianza, con lo cual se aseguraría la crisis política hasta el 27 de enero de 2010, por lo menos (que cada quién interprete esas últimas tres palabras).

Es decir, entendemos que la Comisión de Diálogo que suscribió el Acuerdo de Guaymuras privilegió el Gobierno de Unidad y Reconciliación, el cual puede ser presidido, desde la óptica de dicho Acuerdo, por Zelaya o por Micheletti, lo cual hace mucho sentido. Lamentablemente, Manuel Zelaya, que mal estudió ingeniería y que de leyes no sabe nada, con su empecinamiento demuestra que no sabe leer textos legales, entiende del acuerdo suscrito por su propia gente que debe restituírsele inmediatamente, lo cual no fue pactado, privilegiándose a sí mismo, no al país, y con él se pasa llevando a sus propios delegados a quienes, con esa actitud, demuestra no respetar, y arrastra a esa pléyade de pericos que, igual que él, no pueden leer y estudiar por sí mismos sino se dedican a repetir las tonterías o "papadas" de su líder.

Los delegados de Zelaya establecieron, de acuerdo con su contraparte, el calendario al cual nos hemos referido. No le pone tiempo límite a la CSJ para emitir la opinión que ellos mismos mencionan, ni se lo ponen al Congreso Nacional para fallar, lo cual ahora critican.

Creemos que si la intención de las partes hubiese sido reinstalar en la Presidencia de la República a Manuel Zelaya, así lo habrían dicho y lo hubieran establecido en un calendario. Ésa ha de haber sido la intención de los delegados de Zelaya, pero su insistencia e intransigencia en el tema habría llevado a no firmarse acuerdo alguno.

El Acuerdo de Guaymuras lo que hace es quitarle, a las dos partes más encontradas hasta entonces (porque son múltiples y no limitadas a éllas) dentro de la crisis política, las representadas por Manuel Zelaya y por Roberto Micheletti, la posibilidad de decidir por ellas mismas.

Dado que la "Comunidad Internacional" no tiene ingerencia para decidir el fondo del asunto y, aunque quisiera y así lo ha manifestado a través de José Miguel Insulza, que Zelaya fuese restituido inmediatamente, no lo pueden hacer, lo que ambas partes acordaron fue pasarle la brasa de la decisión política al Congreso de la República, el mismo que, con anterioridad y por unanimidad de votos presentes (123 de 128 diputados), eligió para sustituir a Manuel Zelaya a Roberto Micheletti.

El expresidente Zelaya incumple el Acuerdo de Guaymuras en el punto 10, cuyo primer párrafo transcribo: "En nombre de la reconciliación y el espíritu patriótico que nos ha convocado ante la mesa de diálogo, nos comprometemos a cumplir de buena fe el presente Acuerdo, y lo que de él se derive." (sic.). ¿De qué sirve enviar delegados, discutir con madurez, llegar a acuerdos, suscribirlos, publicitarlos y comenzar todo un proceso que involucra tiempos, Corte Suprema de Justicia, Congreso de la República y otras insituciones, si después desacreditamos todo lo acordado por los delegados y, para terminarla de amolar, no entendemos ni los tiempos pactados?

¿Cuál es el papel que viene cumpliendo la prensa que se llama independiente, si en lugar de informarnos de lo que sucede, casi todo lo que nos envía son notas plagadas de opiniones, la mayoría de las veces ideologizadas?

Se requiere, en estos momentos en que el Comandante Daniel Ortega, el Presidente de Nicaragua, pareciera que ha prendido nuevamente la mecha de la guerra civil en su país, que el apoyo de la prensa, la "Comunidad Internacional", no se dé hacia uno de los bandos, sino hacia Honduras y sus Instituciones, sean objetivos con el peso que dan la razón, la legalidad y el sentido común. Si las partes pactaron un proceso que está en marcha, hay que respaldarlo totalmente, no minarlo.

Las notas de prensa más desastrosas, quién sabe si previendo que Manuel Zelaya, el bando por el cual han optado traicionando a sus lectores en su objetividad e imparcialidad, no va a ser restituido, ahora dicen que el Congreso de Honduras responde sólo a la oligarquía. ¡Por favor! Todos los Congresos o Parlamentos del mundo representan lo variada que pueda ser su sociedad, el conglomerado humado al cual representan. Dado que los diputados llegan a representar a los ciudadanos mediante el voto de todos, esa aseveración implicaría una de dos cosas: o que la mayoría de votantes hondureños conforman esa oligarquía y que votan por sus representantes más oligarcas, o que la mayoría de votantes hondureños son idiotas, ya que ejercen su sufragio en función de lo que los verdaderos oligarcas del país les indican. ¡Qué desconocimiento de Honduras! Ese país es el de los ciudadanos de mayor sentido político del hemisferio y, de repente, de muchas partes del mundo. En Honduras hasta los niños opinan de futbol y de política, los jóvenes se involucran en movimientos de esa naturaleza que son el verdadero semillero de los futuros líderes del país, las mujeres tienen la mayor participación política de los países de América que conozco, y llegan a viejos hablando de la bandera política que ya enarbolan sus nietos y bisnietos. ¡Eso no se da en ningún otro país que yo conozca!

Por mi parte, aunque estoy convencido que los problemas políticos de Honduras fueron ocasionados por la megalomanía, la sociopatía, el autoritarismo y la prepotencia de una persona, si el Congreso Nacional de Honduras decide que el Gobierno de Unidad y Reconciliación Nacional ya no lo deberá seguir presidiendo Roberto Micheletti sino Manuel Zelaya, estoy dispuesto a manifestar, desde hoy, mi apoyo a dicha decisión, ya que va en la línea que siempre he venido sosteniendo. Es una solución acordada y resuelta por hondureños. Eso sí, deberá respetar la conformación que se haga de ese Gobierno de Unidad y Reconciliación.

Esperamos que este análisis que hemos efectuado sea de alguna utilidad para quienes, desde afuera, se interesan verdaderamente por el presente caso, y que aporte algunas luces para el entendimiento, con alguna seriedad, de las diferentes aristas del mismo.

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